“Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copia a sus amigos; nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El Terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad”. Rodolfo Walsh.
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Originarios (03.09.2010 07:11h): Reglamentaron la ley de servicios de comunicación audiovisual
Bienvenidos a OtrosMundosChiapas AC (03.09.2010 07:10h): Organizaciones de mujeres elaboran agenda de Cambio Climático, rumbo a la COP-16 que se realizará en Noviembre en Cancún
Organizaciones de mujeres elaboran agenda de Cambio Climático, rumbo a la COP-16 que se realizará en Noviembre en Cancún
Difusión Cencos México D.F., 31 de agosto de 2010

Boletín de prensa. Rgema / Redge
Con el objetivo de conocer y reflexionar sobre las causas y los efectos del cambio climático en el Distrito Federal para mujeres y hombres y proponer acciones ciudadanas frente a la próxima 16 Conferencia de las Partes de la Conferencia Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático COP-16 , a realizarse del 29 de noviembre al 10 de diciembre del 2010 en Cancún, la Red de Género y Medio Ambiente Rgema y la Red de Género y Economía Redge organizaron el Encuentro sobre género y cambio climático.
En el Encuentro participaron lideresas de colonias, pueblos y comunidades, organizaciones de mujeres, sociales, ambientales y de derechos humanos para construir una agenda estatal de cambio climático con enfoque de género, ambiental y económica-productiva que surja de las necesidades sentidas de la población local.
También se identificaron y clasificaron las acciones realizadas, o que se deben realizar, a nivel local, estatal, regional, nacional e internacional contra los efectos del cambio climático y las políticas actuales. Así mismo se pretende sensibilizar sobre la importancia de analizar este fenómeno natural desde la perspectiva de género.
En este encuentro se analiza el cambio climático desde una visión integral que incorpore aspectos sociales, físico-ambientales y económicos-productivos.
En los aspectos sociales están las desigualdades sociales, de género y étnicas, migración, desplazamiento de poblados, salud, servicios, acceso a la información, capacitación y educación, acceso y control a los espacios de toma de decisión en el ámbito familiar, comunitario y de políticas públicas, entre otros.
Los físico-ambientales abarcan clima, precipitación, biodiversidad fauna y flora , ecosistemas forestales, ecosistemas acuáticos y cuencas hidrológicas, contaminación, erosión, ubicación geo-espacial de zonas de riesgos, por ejemplo: zonas de inundación, deslaves, derrumbes y sequías.
Y los económicos-productivos comprenden sistemas productivos y reproductivos, producción de alimentos para autoconsumo y mercado, fuentes de energías renovables y no renovables utilizados por mujeres y hombres, por ejemplo: uso de leña, gas, energía eléctrica, gasolina para motosierras o vehículos, entre otros.
Además del Encuentro sobre género y cambio climático del Distrito Federal se realizan otros --con la misma temática-- en diversas entidades federativas del país: Estado de México, Tabasco, Yucatán, Sonora, Guerrero, Oaxaca, Morelos, Chiapas, Zacatecas, Morelos, Veracruz, Puebla e Hidalgo.
Para mayor información:
Brenda Rodríguez
brendtzu27@yahoo.com.mx
Argentina Indymedia i (03.09.2010 06:43h): Agenda septiembre 2010
Servindi (03.09.2010 06:06h): Perú: Invocan al Parlamento aprobar el dictamen de allanamiento sobre la ley de consulta
Enlace Zapatista (03.09.2010 05:13h): CCTI denuncia acto de hostigamiento e intimidación a Bertoldo Martínez Cruz y Florentina Rosario Morales
Prensa Indígena (03.09.2010 03:35h): México: Desaparecido
CONACAMI PERU (03.09.2010 03:20h): A MAS DE UN MES DEL DESASTRE EN EL RIO OPAMAYO, NI LIMPIEZA, NI CULPABLES SOLO INDIFERENCIA
Informe sobre visita a la zona de Hancavelica- Lircay zona afectada por la minera “caudalosa chica”
Del 25 al 29 de agosto de 2010
[Link] [Cache]MST - Movimento dos Trabalhadores Sem Terra (02.09.2010 23:44h): Via Campesina apresenta propostas para a COP-16
A Via Camponesa Internacional convoca os movimentos sociais a se mobilizarem em defesa de propostas efetivas para a COP-16, das Nações Unidas.
Da Página do MST
A Via Camponesa Internacional divulgou uma nota com uma convocação aos movimentos sociais de todo o mundo a se mobilizarem em defesa de propostas efetivas para enfrentar as mudanças climáticas, na 16ª Conferência das Partes COP-16 da Convenção Marco das Nações Unidas.
A COP-16 acontece entre 29 de novembro e 10 de dezembro, em Cancún, no México.
Abaixo, leia a convocação e as propostas da Via Campesina.
[Link] [Cache]Comunidad qom Navogoh La Primavera (02.09.2010 23:02h): Violencia y desalojo contra nuestros hermanos de Santo Domingo
La comunidad La Primavera se solidariza con los hermanos de Santo Domingo que vienen padeciendo mucha agresión. Conocemos su crítica situación, el impediment0 a salir e ingresar libremente a su territorio debido a los candados que los criollos le ponen a la tranquera y la connivencia que tienen con el gobierno de la provincia de Formosa.
La situación de los hermanos es un ejemplo de la injusticia que padecemos los indígenas en Formosa. [Link] [Cache]
Argentina apoya a Cochabamba (02.09.2010 21:34h): El corazón del debate será la reducción de gases de efecto invernadero; Pablo Solón
26-08-10 Por Cambio
En la próxima ronda de negociaciones de cambio climático, a realizarse en octubre en China, negociaremos párrafo por párrafo para buscar acercamientos entre las diferentes propuestas que están ahora en el texto de negociación. El corazón de la negociación es en cuanto van a reducir los países desarrollados sus emisiones de gases de efecto invernadero en los próximos años para limitar el incremento de la temperatura que estamos viviendo en todo el planeta. Bolivia plantea estabilizar el incremento de la temperatura en 1º C y afirma que las reducciones de emisiones de los países desarrollados tienen que ser superiores al 50% hasta 2017 dentro de sus propias fronteras y sin mercados de carbono que traspasan su responsabilidad a los países en vías de desarrollo.
Entrevista de Cambio al embajador de Bolivia ante la ONU, Pablo Solón
Tras la ‘batalla’ ganada ante la ONU el 6 de agosto, que permitió que Bolivia logre la inserción de más de 13 puntos del documento elaborado en la Cumbre de Tiquipaya, el embajador de Bolivia ante la ONU, Pablo Solón, se apresta a defender la demanda de los pueblos en una reunión preliminar a la de Cancún en China. Antes de su viaje conversó con Cambio.
—Tras la inclusión de gran parte de las conclusiones de la Conferencia Mundial de los Pueblos Sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra CMPCC , realizada en Tiquipaya-Cochabamba en abril de este año, en el documento que será ajustado en China rumbo a Cancún, ¿cómo se ve el horizonte de las negociaciones?
En la próxima ronda de negociaciones de cambio climático, a realizarse a principios de octubre en China, entraremos a una negociación párrafo por párrafo para buscar acercamientos entre las diferentes propuestas que están ahora en el texto de negociación.
El corazón de la negociación es en cuanto van a reducir los países desarrollados sus emisiones de gases de efecto invernadero en los próximos años para limitar el incremento de la temperatura que estamos viviendo en todo el planeta.
—¿Cuáles son las propuestas sobre el tema de la reducción de gases nocivos?
Los países desarrollados dicen que la meta es limitar el incremento de la temperatura a 2º C. Actualmente el incremento de la temperatura promedio mundial es de 0,8º C comparada con la época preindustrial. Una gran cantidad de países no están de acuerdo con esa meta que triplicaría los desastres naturales que ya sufrimos. Muchos de nuestros glaciares desaparecerían y varios países insulares quedarían bajo el agua.
Pero lo que hace aun más complicada la negociación es que las ofertas de reducción de los países desarrollados hasta el 2020 llevarían a un incremento de la temperatura de más de 3º a 4º C, lo que sería catastrófico para la vida y la Madre Tierra. En otras palabras, las emisiones que los países desarrollados ni siquiera guarda relación con la meta que plantean de los 2º C.
Bolivia plantea estabilizar el incremento de la temperatura en 1º C y afirma que las reducciones de emisiones de los países desarrollados tienen que ser superiores al 50% hasta 2017 dentro de sus propias fronteras y sin mercados de carbono que traspasan su responsabilidad a los países en vías de desarrollo.
Actualmente, las reducciones de emisiones que plantean los países desarrollados están entre un 13 y un 18%, con ayuda de mecanismos de mercado y una serie de flexibilidades que en la realidad hacen que esa reducción no sea sino del 2% tomando en cuanto las emisiones de gases de efecto invernadero que habían el año 1990.
—¿Cómo lograr un resultado satisfactorio en Cancún?
La única forma de que los países desarrollados aumenten sus ofertas de reducción de gases de efecto invernadero para Cancún es que haya una gran presión de los pueblos a nivel mundial. Sin esa presión, lo que puede ocurrir es que en Cancún se adopten una serie de medidas que interesan a las grandes empresas y entidades financieras como los nuevos mecanismos de mercado y la mercantilización y privatización de los bosques, pero que el tema central de una reducción sustantiva de emisiones por parte de los países desarrollados se postergue para Sudáfrica a fines de 2011, donde se realizará la XVII Conferencia de Cambio Climático.
La Conferencia Mundial de los Pueblos sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra ha contribuido enormemente a la construcción de un gran movimiento social a escala mundial que exige verdaderas soluciones al tema del cambio climático.
—¿Qué ha pasado con las otras propuestas de la conferencia de Tiquipaya?
También han sido incluidas en el texto de negociación el Tribunal Internacional de Justicia Climática, los Derechos de la Madre Tierra, la necesidad de remover los obstáculos de propiedad intelectual para una efectiva transferencia de Tecnología a los países en vías de desarrollo, la necesidad de un financiamiento equivalente al 6% del Producto Nacional Bruto de los países desarrollados para atender los problemas del cambio climático, garantizar los derechos de los pueblos indígenas, de los migrantes climáticos y los derechos humanos en todas las medidas de respuesta al cambio climático.
Es necesario aclarar que han sido incluidas, pero no todavía acordadas. Ese es el trabajo que tenemos de aquí a Cancún.
—¿Es posible que en Cancún se busque nuevamente imponer un documento que no fue acordado por los 192 países, como se intentó hacer en Copenhague?
Lamentablemente ese peligro está latente. Algunas delegaciones están sugiriendo que un grupo reducido de representantes debería elaborar una propuesta más resumida para ser adoptada en Cancún. A titulo de efectividad hay quienes buscan secuestrar el proceso de negociación que es de 192 países para que solamente algunos participen en la redacción del documento final de Cancún. Bolivia y una gran cantidad de países en vías de desarrollo estamos vigilantes para impedir un nuevo intento de golpe como el que intentaron hacer en Copenhague.
—Se ha elogiado la ardua tarea de lograr que la ONU reconozca la agenda de Tiquipaya. ¿Cuál es el secreto de la diplomacia de los pueblos para llegar a visibilizar sus propuestas?
Primero, hacer que el proceso de negociación sea entendible para quienes no son negociadores. Segundo, recoger las propuestas que surgen de los propios movimientos sociales y los pueblos. Tercero, construir alianzas con la mayor cantidad de países para ir defendiendo estas propuestas. Y cuarto, apelar siempre a la organización y movilización de los pueblos para defender estas propuestas.
—¿Cuáles son las perspectivas de lograr que se tome en cuenta la creación urgente del Tribunal de Justicia Climática?
Este es un punto crucial, porque actualmente los mecanismos de cumplimiento de los compromisos que existen en la Convención Marco de Cambio Climático y el Protocolo de Kioto son absolutamente insuficientes dada las enormes consecuencias que tiene para el conjunto de la humanidad el incumplimiento o la no acción por parte de algún país desarrollado.
En general los países desarrollados no apoyan esta iniciativa porque no quieren ser juzgados por sus incumplimientos. De ahí que es necesario promover una gran articulación de los países en vías de desarrollo para que en Cancún se acuerde que es necesario empezar a construir este Tribunal Internacional.
—¿En qué consiste la propuesta del referéndum mundial sobre el cambio climático que el presidente Morales propuso durante la Cumbre de Tiquipaya?
Si los gobiernos fracasan nuevamente en Cancún en llegar a un acuerdo que limite el incremento de la temperatura, entonces nuestra propuesta es que se consulte a los pueblos del mundo. No podemos seguir postergando una definición sobre este tema crucial para la humanidad.
Por eso el presidente Evo Morales ha planteado que se pregunte a los pueblos sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, los derechos de la Madre Tierra, el tribunal internacional de justicia climática, el financiamiento y la necesidad de cambiar el sistema capitalista para salvar la vida y el planeta. En Cancún los movimientos sociales están discutiendo hacer un referéndum piloto que sirva de ensayo para en el año 2011 realizar el plebiscito o la consulta mundial.
—¿De qué manera los bolivianos podemos apoyar la iniciativa de que en Cancún se incluyan las demandas de los pueblos, expresadas en Tiquipaya y ahora reconocidas en un documento previo por la ONU?
Fundiendo las propuestas, promoviendo acciones de organización y concienciación, acompañando y siguiendo las negociaciones ver www.cmpcc.org , impulsando alianzas y articulaciones con otros movimientos sociales de otros países. En síntesis, participando activamente en la construcción del Movimiento Mundial de los Pueblos por la Madre Tierra, que se acordó en Tiquipaya.
“La única forma de que los países desarrollados aumenten sus ofertas de reducción de gases de efecto invernadero para Cancún es que haya una gran presión de los pueblos a escala mundial”.
Agenda
- ONU-BONN. El 6 de agosto, Pablo Solón en Bonn-Alemania logró que la ONU incorpore más de 13 demandas de los pueblos.
- CHINA. Tianjin, al norte de China, será a principios de octubre el nuevo escenario en el que pulirán el texto acordado en Bonn, rumbo a Cancún.
- CANCÚN. La XVI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático COP16 se celebrará del 29 de noviembre al 10 de diciembre en Cancún.
“Cancún será una fiesta si atiende las demandas”
El presidente Evo Morales considera que Cancún podría acabar en una fiesta para la humanidad si es que en las negociaciones que se desarrollarán en China, a principios de octubre, se ratifica plenamente la inclusión de las principales conclusiones de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra CMPCC , realizada en Tiquipaya.
“Si en la segunda ronda de negociaciones, que se realizará en China el próximo mes, se toman en cuenta y aprueban nuestras propuestas , yo estoy convencido de que Cancún se convertirá en una gran fiesta de gobiernos y pueblos, de pueblos y gobiernos”, señaló luego de conocer que más de 13 propuestas son ahora parte del texto de negociación que el 6 de agosto firmaron los 192 Estados que se congregaron en Bonn, Alemania.
Pablo Solón, el embajador boliviano ante la ONU, explicó que en la mesa de negociaciones en Bonn Bolivia insistió en estabilizar el incremento de la temperatura en 1º C y exigir que las reducciones de emisiones de GEI, de los países desarrollados tienen que ser superiores al 50%; hasta 2017 “dentro de sus propias fronteras y sin mercados de carbono, que traspasan su responsabilidad a los países en vías de desarrollo”. Explicó que hoy en día, “las reducciones de emisiones que plantean los países desarrollados están entre un 13 y un 18%, con ayuda de mecanismos de mercado y una serie de flexibilidades que en la realidad hacen que esa reducción no sea si no del 2%, tomando en cuenta las emisiones de gases de efecto invernadero que habían el año 1990”. Durante una conferencia de prensa en Nueva York, el 11 de agosto, Solón aseguró que en China se buscará “alcanzar consenso sobre la mayoría de los párrafos, dejando los elementos más sustantivos para los últimos 10 días de negociación en Cancún”.
El Gobierno boliviano, a su vez, convocó a los pueblos y gobiernos del mundo a tomar conciencia para defender la Madre Tierra. El presidente Evo Morales pidió “enfriar el planeta” y asumir responsabilidades. Esta semana llegará la canciller de México, Patricia Espinoza, al país para coordinar lo que será la Cumbre de Cancún, donde se espera que asistan entre 15.000 a 20.000 participantes.
Propuestas incluidas en Bonn
Tras intensas negociaciones, las principales conclusiones de la Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra Cochabamba, abril de 2010 han sido incorporadas en el documento de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, que ahora ha sido reconocido como un texto de negociación por los 192 Estados que se congregaron en Bonn, Alemania, durante la primera semana de agosto de 2010. Los puntos más relevantes que han sido incorporados para su consideración en la próxima ronda de negociación previa a Cancún, que se realizará en China, son:
- Reducción. La reducción en un 50% de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los países desarrollados para el segundo periodo de compromisos del Protocolo de Kioto del año 2013 a 2017.
- Temperatura. Estabilizar el incremento de la temperatura a 1º C y 300 partes por millón de dióxido de carbono en la atmósfera.
- Atmósfera. Garantizar una distribución equitativa del espacio atmosférico, tomando en cuenta la deuda climática de emisiones de los países desarrollados para con los países en desarrollo.
- DDHH. Pleno respeto a los derechos humanos y a los derechos inherentes de los pueblos indígenas, las mujeres, los niños y los migrantes.
- Derechos de los pueblos. Pleno reconocimiento a la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas.
- Madre Tierra. Reconocimiento y defensa de los derechos de la Madre Tierra para alcanzar la armonía con la naturaleza.
- Tribunal Internacional de Justicia Climática. Garantizar el cumplimiento de los compromisos de los países desarrollados a través de la constitución de un Tribunal Internacional de Justicia Climática.
- Carbono. Rechazo a los nuevos mecanismos de mercado de carbono, que traspasan la responsabilidad de la disminución de emisiones de gases de efecto invernadero de los países desarrollados a los países en desarrollo.
- Consumismo. Promoción de medidas que cambien los patrones de consumo de los países desarrollados.
- Propiedad intelectual. Adopción de las medidas necesarias en todos los foros pertinentes para que se excluya de la protección de los derechos de propiedad intelectual a las tecnologías útiles y ecológicamente sostenibles para mitigar el cambio climático.
- Aporte Producto interno bruto PIB/PBI del mundo. Los países desarrollados destinarán el 6% de su producto nacional bruto para acciones relativas al cambio climático.
- Bosques. Manejo integral del bosque para mitigación y adaptación, sin mecanismos de mercado y garantizando la plena participación de los pueblos indígenas y comunidades locales.
- Monocultivos. Prohibición de la conversión de los bosques naturales en plantaciones, puesto que las plantaciones de monocultivos no son bosques, sino se debe incentivar la protección y conservación de los bosques naturales. www.ecoportal.net
Cambio Periódico del Estado Plurinacional Boliviano
[Link] [Cache] (02.09.2010 17:59h): DCTO 701: DIAGUITAS Y ABOGADOS RECOMIENDAN SOBRE RECONOCIMIENTO DE POSESIÓN COMUNITARIA INDIGENA
PREAMBULO
Reconociendo que la falta de seguridad jurídica en la posesión y propiedad comunitaria ha permitido los mecanismos y procedimientos para el despojo de sus tierras, la vulneración de sus derechos humanos, y la generación de daños irreparables al medio ambiente, a la supervivencia, y a los derechos de las comunidades indígenas y sus miembros;
Entendiendo que la estrecha relación que las comunidades de los pueblos indígenas mantienen con la tierra debe de ser reconocida y comprendida como la base fundamental de sus culturas, su vida espiritual, su integridad y su supervivencia económica y el goce de sus derechos de propiedad sea necesario a fin de garantizar su supervivencia física y cultural como miembros y como comunidad;
Subrayando la responsabilidad última recae en el Estado de respetar y hacer respetar los derechos humanos y derechos constitucionales de las comunidades de los pueblos indígenas.
Reafirmando que las autoridades de cada provincia están obligadas simultáneamente a cumplir con los mismos deberes y obligaciones del Estado respecto a respetar y hacer respetar tales derechos. Dicha obligación surge del hecho que los tratados internacionales de los derechos humanos fueron suscritos por el Estado nacional en ejercicio de poderes delegados por las provincias respeto al manejo de las relaciones exteriores, así como por los principios generales del derecho público; y
Considerando que transcurridos dieciséis años desde la reforma constitucional, la falta de titularización de las tierras indígenas y los ataques a la posesión tradicional, constituyen una grave violación de los derechos humanos de los pueblos indígenas y un incumplimiento de los deberes de las agencias y funcionarios estatales llamados a efectivizar esos derechos, incluyendo a los magistrados y funcionarios judiciales que continúan aplicando disposiciones y leyes nacionales contrarios al mandato constitucional.
Por ello, consideramos:
a. La propiedad comunitaria indígena es el instituto jurídico que incluye, entre otros, el conjunto de tierras, agua, bosques y otros recursos naturales contenidos en ellas, que han pertenecido tradicionalmente a la comunidad, conocimientos tradicionales, propiedad intelectual y cultural, recursos de biodiversidad y otros bienes, derechos y acciones que pertenezcan a la comunidad de los pueblos indígenas.
b. La propiedad comunitaria indígena es inherente a cada comunidad de los pueblos indígenas y se basa en la cosmovisión y sus propios normas, valores, costumbres, y leyes consuetudinarios de la comunidad en cuestión, y se corresponde con personas jurídicas con autodeterminación, regulada por sus propias leyes.
c. La propiedad comunitaria indígena no encuentra su fundamento en el animus domini, sino en el ejercicio de una vida de forma colectiva, para sus integrantes y las generaciones futuras.
Es el conjunto de hechos, actos, antecedentes y prácticas culturales que una comunidad indígena ejerce acorde a sus propia normatividad y valores, sobre un área geográfica determinada, en la que ha desarrollado y desarrolla su vida colectiva. Ella comprende la ocupación de tierras por la comunidad y todas las actividades que se realicen en el ámbito tradicional para su supervivencia, incluidos, sus lugares sagrados, sus áreas boscosas para reproducción y multiplicación de flora y fauna, así como actividades de subsistencia, incluyendo la caza, pesca y agricultura.
a. La República Argentina reconoció, en la reforma constitucional de 1994, articulo 75, inciso 17, como asi también lo ha reconocido las distintas constituciones provinciales la posesión y propiedad comunitaria de las tierras tradicionalmente ocupadas por la comunidades de los pueblos indígenas, garantizando esta vinculación jurídica con la tierra mediante institutos jurídicos tales como la prohibición de enajenar, transmitir, gravar derechos. El objetivo de estas prohibiciones se funda en un derecho humano básico: el Estado garantiza a dichas comunidades el derecho a desarrollar su vida colectiva en un entorno geográfico en su forma propia.
De este reconocimiento surgen importantes consecuencias en el plano del derecho y la acción judicial:
1 Los derechos indígenas sobre sus tierras tradicionales son oponibles erga omnes, es decir a toda la sociedad y sus miembros.
2 El Estado Argentino, al referirse a tierras tradicionales indígenas, ha reconocido la posesión y propiedad comunitaria, dado el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas. En consecuencia, no resultan oponibles todas las disposiciones del sistema jurídico nacional sobre tierras fiscales nacionales, provinciales y municipales en relación a las tierras comunitarias.
3 El Estado ha reconocido esta posesión y propiedad de las comunidades, renunciando a toda pretensión de propiedad. Por ello, a partir de la reforma constitucional del año 1994, pesa en la autoridad pública la obligación de titularizar las tierras. Al respecto, la única acción posible por parte del Estado es la titularización, resultando contraria a derecho toda otra acción. El Estado solo conserva una condición de dueño aparente, condición de la que debe definitivamente despojarse.
4 El fundamento de dicho reconocimiento, radica en la protección de derechos humanos, económicos, sociales, culturales, políticos y civiles de los pueblos, en armonía con las disposiciones y jurisprudencia internacional de derechos humanos, fuente de los avances normativos que se dieron en la Argentina a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
5 Por ello, y por mandato constitucional, no resulta oponible a las comunidades de los pueblos indígenas, forma alguna de transmisión de derechos posesorios o de propiedad realizados por la autoridad pública o por particulares en contravención al artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, quedando a cargo del Estado el resarcimiento que pudiere corresponder a terceros por estos actos. Tal reconocimiento debe ser efectivizado de buena fe y en el marco del estricto cumplimiento de los convenios y tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por la República Argentina, en especial, en lo pertinente, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes aprobado por Ley 24.071.
6 La posesión indígena y la propiedad comunitaria, resulta un derecho que en el plano intercultural se encuentra protegido por las garantías de no enajenabilidad, intransmisibilidad y la prohibición de trabar gravámenes o embargos, con fundamento en la preexistencia y la necesidad de proteger la supervivencia de estos pueblos y sus comunidades que el Estado Argentino ha reconocido. En consecuencia, y por mandato constitucional, estos derechos, por resultar derechos humanos nacional e internacionalmente reconocidos, SON IMPRESCRIPTIBLES.
7 La posesión indígena ostenta características diferenciadoras de la posesión civil: se prueba por el uso territorial tradicional de las comunidades de los pueblos indígenas: aguadas, itinerarios tradicionales de caza y recolección, agricultura, crianza de animales, cementerios, lugares sagrados, entre otros. No resulta una posesión animus domini, sino un derecho alternativo colectivo fundado en la identidad cultural.
8 Los proyectos de modificación del Código Civil, tendientes a incorporar esos derechos a un cuerpo jurídico ajeno, presentan el peligro de reducir derechos humanos básicos a lecturas privatistas ajenas al derecho público, nacional e internacional. Por ello dichos proyectos excluyen los derechos indígenas de su condición de derechos que deben ejercerse en el plano de la diversidad cultural y del pluralismo jurídico.
9 En todas las etapas de efectivización de los derechos analizados en el presente documento y en general de los derechos de los pueblos indígenas, deberá garantizarse la participación de los pueblos indígenas, en especial por intermedio de sus autoridades tradicionales y representativas designadas por ellos mismos, y, como requisito previo a cualquier acción, la obtención del consentimiento libre, previo e informado de sus representantes, bajo el principio de buena fe.
a.Los pueblos indígenas tienen los derechos colectivos a la propiedad sobre las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido. Tales derechos surgen de sus propios leyes consuetudinarios y son preexistentes del Estado Argentino. Tales derechos existen, si el Estado no haya reconocido tales derechos en sus leyes domésticas, y incluso si el pueblo o comunidad cuenta o no un título emitido y registrado por el Estado.
b.A fin de garantizar el ejercicio de sus derechos a la libre-determinación, los pueblos indígenas tienen el derecho a sus tierras tradicionales que incluye sus derechos a poseer, utilizar, desarrollar, administrar, y controlar efectivamente dicho territorio, de conformidad con su derecho propio y sistema de propiedad comunitaria.
c. Las comunidades de los pueblos indígenas tienen el derecho de preservar y conservar sus tierras, territorios y recursos naturales acorde a sus propios valores, costumbres y normas. El Estado no creará áreas protegidas o de conservación de cualquier tipo, en las tierras que los pueblos indígenas histórica o tradicionalmente han usado, poseído u ocupado y a las que han adquirido de otra forma.
d.Los miembros de los pueblos y las comunidades indígenas que por causas ajenas a su voluntad han salido o perdido la posesión de sus tierras tradicionales mantienen el derecho de propiedad sobre las mismas, aún a falta de título legal.
a. Con la plena participación efectiva de los pueblos y las comunidades indígenas, el Estado tiene el deber y obligación de adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarios para hacer efectivo el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas y permitir el pleno goce de las tierras tradicionales.
c. Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.
d. El Estado discutirá con las comunidades indígenas la posibilidad de proporcionar los medios y recursos a fin de crear e implementar institucionalmente una defensoría de pueblos originarios ad hoc, a propuesta de las comunidades indígenas, la cual tendrá injerencia en todas las cuestiones administrativas y judiciales que involucren a estos pueblos en el ámbito nacional como así también propiciara que dicha institución sea implementada en los ámbitos provinciales con iguales funciones y alcances.
d. El Estado debe adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarias para crear un mecanismo efectivo de proteger la posesión y propiedad comunitaria. En este sentido las previsiones de la ley 26.160 y de los proyectos administrativos y legislativos en trámite resulten pasos positivos pero insuficientes.
e. Para los distintos supuestos de turbación y o despojo de la posesión tradicional, actual o inminente, o acciones de terceros que impliquen desbaratamiento de derechos, y en especial, de derechos humanos internacionalmente reconocidos, a los fines de garantizar los derechos de la comunidad, el Estado debe establecer un mecanismo de defensa que se tramite por vía sumarísima a interponer ante cualquier juzgado, estando legitimado para ello, toda persona, entidad u organización, que acredite interés legitimo, o la defensa de intereses colectivos y difusos.
f. El Estado debe adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter que sean necesarias para crear un mecanismo efectivo de delimitación, demarcación y titulación de las propiedades de las comunidades de los pueblos indígenas, con la plena participación de ellas y acorde con el derecho consuetudinario, los valores, usos y costumbres de las comunidades afectadas.
g. Mientras no se hayan delimitado, demarcado y titulado las tierras de las comunidades de los pueblos indígenas, el Estado se debe abstener de realizar actos que puedan llevar a que los agentes del propio Estado, o terceros que actúen con su aquiescencia o su tolerancia, afecten la existencia, el valor, el uso o el goce de los bienes ubicados en la zona geográfica donde habitan y realizan sus actividades los miembros de la comunidad indígena en cuestión. Tales actos incluyen el desalojo o desocupación de las personas, pueblos y comunidades indígenas de sus tierras tradicionales.
h. El título colectivo de la propiedad comunitaria indígena debe estar inscrita en el catastro provincial y nacional, y debe precisar expresamente que tales tierras no son enajenables, transmisibles ni susceptibles de gravámenes o embargos, dejando expresa constancia marginal de la norma constitucional aplicable artículo 75, inciso 17 .
a. El Estado reconoce la personería jurídica de las comunidades indígenas.
b. Tal reconocimiento constitucional de personería jurídica debe garantizar que las comunidades de los pueblos indígenas puedan gozar de sus tierras, territorios y recursos, según sus propias tradiciones, costumbres, normas y valores, y existir en la vida del derecho y reclamar la presunta violación de dichos derechos ante los tribunales internos, mecanismos administrativos, u otros remedios dentro de la ley interna e internacional.
a. El Estado no realizará actividades ni permitir a otros a realizar actividades que podría afectar, a mayor o menor grado, el uso y goce de sus tierras, incluso los recursos naturales que son necesarios para la subsistencia y la supervivencia física como una comunidad indígena.
b. La supervivencia es más que supervivencia física, en este contexto debe ser entendida como la capacidad de los pueblos indígenas de preservar, proteger y garantizar la relación especial que ellos tienen con su territorio, de tal forma que puedan continuar viviendo su modo de vida tradicional y que su identidad cultural, estructura social, sistema económico, costumbres, creencias y tradiciones distintivas serán respetadas, garantizadas y protegidas.
Los siguientes mecanismos de despojos han sido utilizados en Argentina para perjudicar, privar, y desposeer a las comunidades de los pueblos indígenas de sus tierras comunitarias. En las propuestas administrativas y legislativas que surjan, deben ser prohibidos como contrario a derecho: i información sumarias de tierras, ii tramitación de Juicios Sucesorios, iii juicios de Usurpación, iv
desalojos forzados, v suspensión servidumbre, y vi división de la comunidad. Dichos mecanismos y todo recurso judicial o extra judicial utilizado con este objeto o que resulte en el, será prohibido, nulo en sí y en sus efectos.
a. En el contexto de las normas jurídicas a elaborar, los “terceros” serán las personas de existencia visible o ideal, distintas de las comunidades, que aleguen derechos dentro de las tierras y territorios de las comunidades de pueblos indígenas.
b. La mención a terceros que aleguen derechos sobre tierras o territorios indígenas resulta un tema a profundizar que excede los objetivos del presente documento. Sin perjuicio de ello, cualquier proyecto de ley a elaborarse deberá tener presentes las recomendaciones y peticiones en el presente documento referidas al orden de prelación superior de las normas constitucionales e internacionales que garantizan la posesión y propiedad comunitaria indígena, la necesidad impostergable de establecimiento de acciones judiciales efectivas de protección de estos derechos y la obligación estatal de atender a las indemnizaciones u otras compensaciones que corresponden eventualmente a los derechos alegados por terceros.
a. El Estado, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptará, medidas apropiadas, incluso legislativas, para alcanzar los fines de normativa constitucional e internacional.
b. Todos los órganos, departamentos, y niveles del gobierno en Argentina tendrán el deber y obligación de contribuir a la plena realización de las disposiciones de los proyectos de ley y promover el respeto y la plena aplicación de sus disposiciones, mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Asegurarán la participación efectiva de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.
c. El Estado dedicara una partida presupuestaria adecuada para realizar capacitaciones con las fuerzas policiales y departamentos judiciales federales y provinciales, destinada al conocimiento y aplicación de los derechos de las comunidades de los pueblos indígenas.
a. La ley interna del Estado Argentino debe preveer sanciones penales contra toda violación de derechos sobre la posesión y propiedad comunitaria indígena por todas las personas, incluidos agentes del Estado, y terceros que actúen con su aquiescencia o su tolerancia.
b. Tales sanciones, encuentran su fundamento normativo en lo prescripto por los artículos 17 inciso 3 y 18 de la Ley 24.071, aprobatoria del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
c. En este sentido se propone en la elaboración del proyecto ley una sección sobre la sanción y promulgación de una norma penal especial conteniendo, como mínimo los siguientes supuestos:
1 Todo el que por sí o por terceros violare por hechos o actos, turbare o tornare imposibles o inciertos los derechos posesorios o de propiedad comunitaria de las comunidades de los pueblos indígenas, será reprimido con pena de prisión cuya graduación se determinara. Cuando la transgresión proveniere de funcionario público, la figura será agravada.
2 La competencia en materia penal, será federal en razón de la materia en tanto se hayan involucradas la efectiva aplicación de tratados internacionales y las previsiones de la Ley 23.592.
a. Los derechos reconocidos en los proyecto normativos a elaborase constituirán los presupuestos mínimos para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas de Argentina.
b. Nada de lo contenido en dichos proyectos se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.
c. Las disposiciones enunciadas en los proyectos normativos se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe, y la intención primordial de respetar y efectivizar la posesión y propiedad comunitaria indígena.
PARTICIPANTES de las jornadas:
▪ Dr. Osvaldo Kreimer, Abogado
▪ Dr. Luis Zapiola, Abogado
▪ Dr. Eduardo Nieva, Cacique Amaicha / Clínica Jurídica sobre los Derechos de Pueblos Indígenas
▪ Dra. Vanessa Jiménez, Abogada, Forest Peoples Programme
▪ Dr. Marcos Torres, ANDES
▪ Dra. Giselle Meheris Slame, Observatorio de Derechos Humanos de la Univ. Nacional de Tucumán
▪ Dra. Celeste Navarro, Observatorio de Derechos Humanos de la Univ. Nacional de Tucumán
▪ Dr. Manuel Santillán, Abogado, Ciudad de Tucumán
▪ Sandra Painefilu, Comisión de Juristas Indígenas
▪ David Sánchez, representante Diaguita del Consejo de Participación Indígena de Tucumán
▪ Mamaní Santiago, representante Diaguita del Consejo de Participación Indígena de Tucumán
ADHERENTES al documento:
▪ Carolina Choque, representante del Pueblo Ocloya Olicarpo del Consejo de Participación Indígena de Tucumán;
▪ Dra. Marcela Arjona, Asesora Legal del Pueblo Tilian Coordinadora Social Reteci Juyuy
Este documento además fue aprobado por consenso el día 29 de agosto por la Asamblea de la Unión de los Pueblos de la Nación Diaguita documento original con todos los firmas de los líderes de la Unión está archivado en la oficina de la Comunidad de Amaicha de Valle .
Bienvenidos al Portal de la CONAIE (02.09.2010 17:48h): Parlatino discute políticas públicas para pueblos indígenas sin las organizaciones
Los nuestramericanos (02.09.2010 14:19h): Efemérides de Nuestra América. Septiembre I parte
2 de Septiembre
1901 El vicepresidente de Estados Unidos Theodore Roosevelt pronuncia su famoso discurso “Habla en voz baja y lleva contigo un gran garrote big stick ”; días después asumió como presidente.
4 de septiembre
1812 A través de un decreto, los miembros del Primer Triunvirato abren las fronteras del territorio a todos los extranjeros dispuestos a respetar las leyes y disponen otorgar ayuda a quienes ejercieran la agricultura.
1970 Salvador Allende, candidato de la Unidad Popular, gana las elecciones presidenciales de Chile.
6 de septiembre
1930 El presidente radical Hipólito Yrigoyen es derrocado por un golpe militar, encabezado por el teniente general José Félix Uriburu. Por primera vez, desde 1853 se interrumpía el orden constitucional. Uriburu ocupó la Casa de Gobierno como presidente provisional de la Nación, iniciando un período conocido como “década infame”, en alusión al fraude electoral y los negociados de corrupción que caracterizaron el período.
7 de septiembre
1822 Se declara la independencia de Brasil, “Grito de Ipiringa”.
11 de septiembre
1973 El general Augusto Pinochet encabeza un golpe militar en Chile y derroca al gobierno constitucional del presidente Salvador Allende, quien se suicidó durante el asalto al palacio de la Moneda.
Documental: http://www.youtube.com/watch?v=ZHST-z3_COM
12 de septiembre
1821 El gobierno suprime por decreto la Gaceta de Buenos Aires, primer órgano de prensa de las ideas revolucionarias, nacido el 7 de junio de 1810. En su redacción participaron Juan José Castelli, Mariano Moreno, Manuel Belgrano, Manuel Alberti, Pedro Agrelo y Bernardo de Monteagudo.
14 de septiembre
1810 La ciudad de Cochabamba, Alto Perú actual Bolivia se levanta en armas apoyando la Revolución de Mayo.
1816 El coronel Manuel Asencio Padilla, tras salvar la vida de Juana Azurduy, su compañera, es alcanzado y decapitado por el Cnel. realista Javier Aguilera en El Villar, Alto Perú.
15 de septiembre
1821 Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua proclaman su independencia.
1842 Es fusilado en Costa Rica Francisco de Morazán, héroe de la independencia centroamericana.
[Link] [Cache]Fuentes de actividades de OACDH (02.09.2010 08:00h): Pillay condemns West Bank attacks
"WERKEN KVRVF" MENSAJERO DEL VIENTO RICHARD CURINAO PALLALEO (02.09.2010 00:08h): Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas solidarisa con mapuches en huelga hambre
KOM PU LAMNGEN, PU ÑAÑA
MALALTUKULELU ENKOL, LEWFU TEMUKO, FALDIFIA KA KONCEPCION MALAL MEW.
NEWENTUMONGEN
Werkeluwayiñ tüfachi chillka impuluwammu poyenkechi dungun mew, reküluwüam mu kom eymün malaltutulechi che, ka kom ñi pu reñma Wallmapu mew mülelu. Welu doy puwülaayin tayiñ chalin tichi küla mari epu che, entrikawkülel malal mew, re tayiñ allkütungeam iñchiñ pu mapuche iñ nor mongen. Müley tamün kimal azmatumungen tamün weychan, tamün llekantechengenon mu, newenkechi ingkatunien mu kom tayin mongen; tüfa yamün dungungey pu lamngen.
Ka müley tamün kimal ta kom iñchiñ nüqküleyiñ mün ngünen mew, rüfngey tamün dungun, norngey tamün rakiduam, feymew ta iñchiñ ka afkadikönküleyiñ tüfachi inkandungun mew. Feymu yemay ayilafin tüfachi wezaka Ley Antiterrorista nentulu pu miliko, norngenonmu iñchiñ taiñ admongen mew, teyfükal taiñ lof, trokiñ che ni küdaw, iñ mapuche kisungünewün; feymu yemay kutrankawküleyiñ kom iñchiñ pu mapuche, mülenonmu norüm dungun tayiñ küme mongeam.
Mañumungey mün newen. Iñchiñ kimeltuchefengeyiñ, chilkatufe, kumwirife, üllkatufengeyiñ, renuntunieyiñ tayiñ mapuche wenufoye, kimeltukeyiñ tayiñ mapudungun, ka tayiñ mapuche kimün, ka amultunieyin eymün tamün chumlen, fillpüle, chew tayiñ küdawkülen kimngeam chumiechi wechuntulen tüfachi ngüñintun dungu, Huelga de hambre pingel.
Yafuluwaymün pu lamngen, katrükonkilpe tayiñ weychan. Marichi wew
KOM PU LAMNGEN, PU ÑAÑA
MALALTUKULELU ENKOL, LEWFU TEMUKO, FALDIFIA KA KONCEPCION MALAL MEW.
NEWENTUMONGEN
Werkeluwayiñ tüfachi chillka impuluwammu poyenkechi dungun mew, reküluwüam mu kom eymün malaltutulechi che, ka kom ñi pu reñma Wallmapu mew mülelu. Welu doy puwülaayin tayiñ chalin tichi küla mari epu che, entrikawkülel malal mew, re tayiñ allkütungeam iñchiñ pu mapuche iñ nor mongen. Müley tamün kimal azmatumungen tamün weychan, tamün llekantechengenon mu, newenkechi ingkatunien mu kom tayin mongen; tüfa yamün dungungey pu lamngen.
Ka müley tamün kimal ta kom iñchiñ nüqküleyiñ mün ngünen mew, rüfngey tamün dungun, norngey tamün rakiduam, feymew ta iñchiñ ka afkadikönküleyiñ tüfachi inkandungun mew. Feymu yemay ayilafin tüfachi wezaka Ley Antiterrorista nentulu pu miliko, norngenonmu iñchiñ taiñ admongen mew, teyfükal taiñ lof, trokiñ che ni küdaw, iñ mapuche kisungünewün; feymu yemay kutrankawküleyiñ kom iñchiñ pu mapuche, mülenonmu norüm dungun tayiñ küme mongeam.
Mañumungey mün newen. Iñchiñ kimeltuchefengeyiñ, chilkatufe, kumwirife, üllkatufengeyiñ, renuntunieyiñ tayiñ mapuche wenufoye, kimeltukeyiñ tayiñ mapudungun, ka tayiñ mapuche kimün, ka amultunieyin eymün tamün chumlen, fillpüle, chew tayiñ küdawkülen kimngeam chumiechi wechuntulen tüfachi ngüñintun dungu, Huelga de hambre pingel.
Yafuluwaymün pu lamngen, katrükonkilpe tayiñ weychan. Marichi wew
Red por los Derechos Educativos y Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
Santiago, 01 de Septiembre.
HERMANAS Y HERMANOS
PRESOS POLITICOS MAPUCHE EN LAS CARCELES DE ANGOL, LEBU, TEMUCO, VALDIVIA, CONCEPCIÓN
PRESENTE
El motivo de esta carta es manifestar nuestra solidaridad con todas y todos los presos políticos mapuche y sus familiares. En especial, queremos brindar el apoyo a los 32 hermanos que hoy se encuentran en huelga de hambre desde hace más de cincuenta días.
Queremos expresarles nuestra más sincera admiración por su entereza y valentía al enfrentar una decisión de estas características: dejar de lado las individualidades y optar por un bien común -el derecho de un pueblo- es digno de respetar.
Estamos profundamente conmovidos por su actuar político y consideramos que su lucha es válida y nos hacemos parte de ella. Con estas palabras queremos decir que estamos en contra de la aplicación de la ley antiterrorista por corresponder a una legislación desmedidamente injusta, promulgada en dictadura y que ha sumido al pueblo mapuche en una situación de gran indefensión.
Desde la ciudad de Santiago, sentimos la necesidad de estar cerca de ustedes y decirles que nunca estarán solos en esta lucha.
Todos los que formamos parte de la REDEIB: pofesores, estudiantes, educadores tradicionales, poetas, music@s apoyamos plenamente vuestra lucha, que es la lucha de nuestro pueblo mapuche. Le agradecemos y les contamos que desde el frente de la enseñanza de las lenguas de nuestros pueblos estamos apoyando y socializando esta huelga, para que se sepa en el mundo entero y puedan tener una salida exitosa. Deseamos de todo corazón que logren los objetivos trazados y que todos nuestros lamngen los tengan presentes. Todo nuestro newen para UDS. desde SATIAW waria.
Santiago, 01 de Septiembre.
HERMANAS Y HERMANOS
PRESOS POLITICOS MAPUCHE EN LAS CARCELES DE ANGOL, LEBU, TEMUCO, VALDIVIA, CONCEPCIÓN
PRESENTE
El motivo de esta carta es manifestar nuestra solidaridad con todas y todos los presos políticos mapuche y sus familiares. En especial, queremos brindar el apoyo a los 32 hermanos que hoy se encuentran en huelga de hambre desde hace más de cincuenta días.
Queremos expresarles nuestra más sincera admiración por su entereza y valentía al enfrentar una decisión de estas características: dejar de lado las individualidades y optar por un bien común -el derecho de un pueblo- es digno de respetar.
Estamos profundamente conmovidos por su actuar político y consideramos que su lucha es válida y nos hacemos parte de ella. Con estas palabras queremos decir que estamos en contra de la aplicación de la ley antiterrorista por corresponder a una legislación desmedidamente injusta, promulgada en dictadura y que ha sumido al pueblo mapuche en una situación de gran indefensión.
Desde la ciudad de Santiago, sentimos la necesidad de estar cerca de ustedes y decirles que nunca estarán solos en esta lucha.
Todos los que formamos parte de la REDEIB: pofesores, estudiantes, educadores tradicionales, poetas, music@s apoyamos plenamente vuestra lucha, que es la lucha de nuestro pueblo mapuche. Le agradecemos y les contamos que desde el frente de la enseñanza de las lenguas de nuestros pueblos estamos apoyando y socializando esta huelga, para que se sepa en el mundo entero y puedan tener una salida exitosa. Deseamos de todo corazón que logren los objetivos trazados y que todos nuestros lamngen los tengan presentes. Todo nuestro newen para UDS. desde SATIAW waria.
--
RICHARD CURINAO .P
http://werkenkvrvf.blogspot.com
http://twitter.com/werkenkvrvf
Skype:richardcurinaop
KEYUNTUKUKEI TAIÑ KIÑEUTUAL, TAIÑ KVME CEGETUAL, TAIÑ KVME MOGELEAL.
MAGELKUNUMEKEI TUCI INANIELU MAPUCHE DUNGU, KEYUNIEAL EGVN KA KVME MOÑELEAL, FIJ MAPU KA FIJ DUNGU MEU.
TACI DUGU PIUKENTUKUAFIMVN!!!
Es un llamado a la comunidad mapuche a conversar reflexionar y consolidar sus vínculos.
Es una invitación a la comunidad chilena y a otras comunidades indígenas a compartir espacio de tolerancia, un lugar de expresión, un lugar de conocimiento ancestral.
Es un llamado a la conciencia!!!



La comunidad indígena del Proyecto Unidad Páez del Resguardo la Cilia, la Calera del municipio de Miranda, nuevamente es el blanco de las balas asesinas que coloca en luto a los pueblos, especialmente a la guardia indígena del norte del Cauca quienes en defensa del territorio han venido siendo vulnerables ante los actores armados que hoy se disputan el territorio para colocarlos como escenarios de guerra afectando enormemente a la población civil.

La minera Vale, que quiere explotar el proyecto de sales de potasio Potasio Río Colorado al sur de Mendoza, firmó un acuerdo con la administradora ferroviaria Ferrosur Roca para obtener la transferencia de la concesión de un tramo de 756 kilómetros de ferrocarril en Argentina, informó hoy la empresa brasileña.










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